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Abogado para obra inacabada

Como abogados especializados en reclamaciones de obras, estamos comprometidos a proporcionar a nuestros clientes la mejor asesoría legal en relación con cualquier problema de construcción que puedan experimentar. En esta ocasión, queremos abordar la situación en la que un cliente se enfrenta a una reforma inacabada o mal ejecutada y cómo puede proceder para reclamar sus derechos.

Es importante tener en cuenta que los clientes tienen derechos legales en caso de que la obra no se ejecute de manera adecuada o no se finalice. En este sentido, los contratistas deben cumplir con sus obligaciones contractuales, respetar las normas de construcción aplicables y garantizar que la obra se ejecute de manera segura y eficiente. Si el contratista no cumple con sus obligaciones, el cliente puede tener derecho a reclamar una compensación.

Pasos para reclamar una obra inacabada, o incorrectamente ejecutada

Lo primero que debe hacer el cliente es recopilar toda la documentación relativa a la obra, como el contrato, los planos, los informes de inspección, los presupuestos y los pagos realizados. Debe revisar detenidamente esta documentación para determinar si el contratista ha incumplido alguna de sus obligaciones. En caso de que se haya producido algún incumplimiento, el cliente debe notificarlo por escrito al contratista.

Si el contratista no responde a la notificación, el cliente puede considerar la posibilidad de presentar una reclamación formal ante los tribunales. Para ello, es recomendable contar con la asistencia de un abogado especializado en derecho de la construcción, como nosotros.

Llegado a este punto, y si no llega a un acuerdo con el contratista, no quedará mas remedio que presentar demanda ante los Tribunales, y, en este caso, la asistencia de un abogado especializado en reclamaciones ante obras inacabadas o incorrectamente ejecutadas y un gabinete pericial le será de buena ayuda, a fin de objetivar en la sede judicial los desperfectos generados.

Plazos para reclamar obras inacabadas o incorrectamente ejecutadas

En este campo, los plazos varían en función del tipo de desperfecto que se trate:

  • Un año si los daños se encuentran en los acabados de la obra
  • Tres años si los desperfectos se encuentran en las instalaciones, como por ejemplo, en las instalaciones eléctricas
  • Cinco años, si se trata de un vicio oculto
  • Diez años, si los daños si los desperfectos alcanzan a la seguridad y estabilidad de la vivienda o edificio

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